Delitos de odio

Hoy hablaremos sobre los nuevos tipos de delitos creados en Occidente para acabar con la libertad de expresión y la capacidad de los pueblos europeos para defenderse de la inmigración masiva así como de la imposición de las políticas igualitaristas e izquierdistas, lo que se conoce como el lenguaje políticamente correcto.hateSpeechHateSpeech

¿Qué son los delitos de odio?

Los delitos de odio fueron inventados en EEUU en la década de los ochenta por los progresistas e igualitaristas con la intención de implantar legalmente el lenguaje políticamente correcto. En EEUU, estas leyes se conocen como Hate speech (discurso de odio) y Hate crime (delito de odio o crimen de odio) respectivamente. De Estados Unidos se ha extendido a la mayoría de los países de Europa, siendo su definición aproximadamente la siguiente:

Los delitos de odio tienen lugar cuando una persona ataca a otra o a un grupo en función de su pertenencia a un determinado grupo social, según su género, religión, raza, etnia, nacionalidad, u orientación sexual.

Como se ha dicho, la definición exacta varia dependiendo del país, pero como nexo común incluye el genero, raza, origen y orientación sexual.

Crimen de odio

HateCrimeDoctorMaligno

Los crímenes de odio (crime hate) son la ampliación de las leyes contra el discurso del odio, si los delitos de odio servían para cercenar la libertad de expresión en casos políticamente incorrectos e imponer una ideología progresista o izquierdista, ahora con los crímenes de odio lo que ocurre es que se discrimina entre tipos de crímenes dependiendo de la (supuesta) ideología del atacante. Ahora si hay una pelea entre chavales y viene la policía porque uno le ha dado una torta a otro, si los dos son autóctonos no pasa nada, pero si el agredido resulta ser de una minoría religiosa, étnica o de orientación sexual, esto se tipifica como «crimen de odio», convirtiendo al agresor en poco más que un criminal contra la humanidad.

¿Por qué de odio?

El término de crimen de odio es en su manera una forma subliminal de inculcar el odio en la población hacia el supuesto agresor. Cuando un ciudadano está viendo las noticias o leyendo el periódico y escucha que se ha cometido, no un crimen normal, sino un «crimen de odio» automáticamente empieza a sentir un rechazo y odio contra el agresor antes incluso de que se hayan enumerado los cargos. Es una técnica de control mental para lavar el cerebro a los occidentales y hacerles pensar de una determinada manera.

Una pregunta que nos haremos es, ¿Pero acaso no son todos los crímenes, crímenes de odio? Decir crimen de odio es una redundancia, quiero decir, cuando una persona agrede a otra, es siempre por odio, si una persona insulta a otra es por odio, si una persona asesina a otra, es por odio también, si un alguien pega a su pareja, es siempre por odio, salvo en las novelas de caballeros o de románticas donde hablan de «la mate por amor», pero eso es terreno de la fantasía. Todos los crímenes son crímenes de odio, es una repetición innecesaria y redundante usada para hacer parecer el crimen peor de lo que realmente es.

Origen

Como hemos explicado al principio del articulo, las leyes del discurso de odio y crimen de odio se crearon en EEUU, y desde ahí se fueron imponiendo poco a poco, mediante los diferentes lobbies progresistas, izquierdistas e igualitaristas por el resto de países de Occidente.

Pero EEUU tiene una larga tradición democrática y constitucional, seguro que esas leyes llevan muchísimo tiempo o incluso puede que estuvieran ya en la redacción de la misma constitución useña, una de las más antiguas del mundo ¿no?

Los delitos del odio aparecen por vez primera en USA en 1968 como parte Civil Rights Act, el cual declaraba cuatro «estatus protegidos» a la agresión, intimidación o la interferencia por motivos de color, religión, raza u origen nacional. Más delante, en 1978 se incluyó un aumento de la pena par estos casos. En 1981 Washington añadió el origen (ancestry). Alaska incluyó en 1982 el credo y sexo y mas adelante la discapacidad, orientación sexual y etnia. Para 1990 varios estados habían incluido la edad, estado marital y la afiliación a organizaciones de derechos civiles. En 1999 el comité de victimas nacional declaró el «crimen de odio» como una ofensa criminal.

Si usamos en ngram viewer, que permite buscar desde fuentes como libros, artículos, periódicos… digitalizados desde hace hace siglos, nos encontramos con que:

hateSpeechHateCrime¡Los delitos de odio no aparecen hasta 1980! No existen en la creación de la democracia useña, ni durante las guerras mundiales, sino sólo se aplican en los años 80 con la irrupción de los movimientos progresistas e igualitaristas, así como de la gran influencia de la izquierda en los ámbitos universitarios.

Delitos de odio en España

Variando ligeramente de país a país, en España se tipifica como delito de odio:

Según el artículo 510 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, publicado en BOE  núm. 281 de 24 de Noviembre de 1995. Vigencia desde 24 de Mayo de 1996.

Artículo 510

1) Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.

El discurso o delito de odio se implantó en España en 1996, cuando la constitución y la democracia llevaba vigente desde 1978. Ni que hablar que anteriormente ni en la dictadura ni en la república se recogían estos delitos. Esto es, que en toda la historia, desde el derecho romano, pasando por visigodo, así como las diferentes reyes, dictaduras, monarquías, repúblicas y democracia no había habido nunca tal delito. Y no veo que nadie haya sentido la falta de dichas leyes.

ACTUALIZACIÓN: El artículo 510 en cuestión fue modificado y endurecido en la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, del Código Penal, el cual entró en vigor el 01/07/2015. (El enlace permite comparar la versión de 1995 y la nueva)

Artículo 510

Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:

a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

¡No sólo cambian en la primera frase el provocaren por fomenten, promuevan o inciten, añadiendo directa o indirectamente (¡que es todavía más ambiguo que la anterior!), sino que encima pasamos de tres años a cuatro! ¡Han incrementado las penas! No es eso lo peor…

Artículo 510-2: Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses:

3. Las penas previstas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que, aquel se hiciera accesible a un elevado número de personas.

6. El juez o tribunal acordará la destrucción, borrado o inutilización de los libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto del delito a que se refieren los apartados anteriores o por medio de los cuales se hubiera cometido. Cuando el delito se hubiera cometido a través de tecnologías de la información y la comunicación, se acordará la retirada de los contenidos.

Introducen por primera vez el delito de hacerlo por Internet, por lo que ahora, si un chaval escribe en una red social o en twitter comentarios contrarios a la inmigración, ¡puede ser detenido, juzgado y condenado!

Pero los delitos de odio tienen un problema, y ese problema es la igualdad ante la ley pregonada por la Constitución Española, concretamente el articulo 14.

Capítulo segundo. Derechos y libertades

Artículo 14

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

La constitución prohíbe hacer diferencias en el trato ante la ley dependiendo de la etnia, religión, raza o género del agresor y/o victima. ¿Qué quiere decir esto? Que si, aplicando los delitos de odio,  imponemos una pena mayor al agresor por haber insultado a alguien por ser de un color diferente, en contraposición a una pena menor si el agresor fuera de la misma raza, si la pena es mayor si el ofendido es musulmán en vez de cristiano, o si es una mujer en vez de un hombre, estaríamos claramente infringiendo la igualdad ante la ley así como incurriendo en una discriminación por motivos de sexo, etnia o religión. Por lo tanto nos encontramos que las leyes de los delitos de odio son inconstitucionales.

politicallyIncorrect

A pesar de ello, estas leyes se aplican hoy en día y siempre en prejuicio del autóctono. Si un grupo de inmigrantes agreden violentamente a unos españoles, tendrán una condena normal, pero jamas englobaran esos delitos como delitos de índole racista o de origen, si unos musulmanes asesinan en Europa a cristianos, no se considerará un delito por motivo religioso ni nunca se hablará de una «ofensa a la religión cristiana», si un homosexual es agredido la pena será mayor para el agresor en contraposición a la que recibiría por hacer la misma agresión a un heterosexual, si se imponen cuotas de género en oficios públicos, por los que una mujer por el mero hecho de ser mujer obtiene una bonificación o puntuación extra para acceder a un disputado puesto de trabajo, nunca se hablará de un delito de discriminación sexual o de por motivo de género.

Esto es la realidad. Los delitos del odio tienen un enemigo, ese enemigo es el hombre europeo heterosexual cristiano.

Si una victima pertenece a este ultimo grupo, jamás se le aplicará al agresor o a los agresores las leyes contra los delitos del odio, si uno se sale de este grupo, entonces está sobreprotegido por la ley, o lo que es lo mismo, pertenece a un grupo privilegiado.

RamboShootUp

Mi opinión de lo que hay que hacer con las leyes de los delitos de odio

Libertad de expresión y qué no es un delito

Pensar diferente no es delito, discrepar de las opiniones de los demás no es delito, incluso aunque ese pensamiento sea hegemónico en la población, no existe ley alguna que te impida diferir de estas ideas, y por supuesto, expresar esta opinión, aunque esta opinión sea «ofensiva». Como ya comenté en uno de mis primeros artículos, todas las ideologías y pensamientos están permitidos, existe por supuesto el delito de la agresión física, que está penado en todos los casos (como tiene que ser), sea quien sea el agredido, ya pertenezca a una minoría o a una mayoría. Pero el noble deseo de proteger a unas minorías no puede llevarnos a crear «minorías privilegiadas», pues eso es precisamente ir contra la igualdad de todos los seres humanos.

La lucha por la libertad de expresión va a ser dura y difícil, el enemigo, viéndose impotente pues la realidad, lejos de darles la razón demuestran que están equivocados, se ha visto obligado a imponer leyes que coarten la libertad de los europeos y occidentales para intentar aplastarnos. Pero nosotros tenemos que luchar.

Estamos prácticamente solos, y va a ser un largo camino.

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